¿Qué es el programa de reunificación familiar y cómo puedo reclamar a mi familia?
Los ciudadanos naturalizados y los residentes permanente tienen el derecho de solicitar la admisión de algunos de sus familiares, con Green Card o visa de no residente.
Si eres ciudadano, nacido o naturalizado, o residente permanente (tienes una Green Card), puedes solicitar que algunos de tus familiares vengan a vivir contigo a los Estados Unidos. Esto es posible a través de un proceso llamado reunificación familiar. Este mecanismo favorece la integración familiar ofreciendo múltiples tipos de visa que te permiten reunirte con novios, cónyuges, hijos, padres y otros familiares extranjeros.
Posiblemente lo más difícil de emigrar es tener que dejar atrás la familia. Cada año, miles de personas llegan a los Estados Unidos sin ella pero pensando en ella: para trabajar y poder brindarle una vida mejor. Casi todos comparten el sueño de poder reunificar a su familia en el país.
La Ley de Inmigración y Nacionalidad de los Estados Unidos de 1965 permite el ingreso de algunas personas en función de una relación de parentesco determinada con un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal (LPR). Las visas de inmigrante por reunificación familiar se dividen en dos categorías:
Familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses: incluye al cónyuge, los hijos solteros menores de 21 años y los padres. No hay límite en la cantidad de solicitudes de visa de inmigrante disponibles para este grupo, por lo que el único tiempo de espera es el tiempo que se tarda en procesar la solicitud.
Preferencia familiar: esta categoría es para familiares específicos de ciudadanos estadounidenses y residentes legales permanentes. Incluye hijos solteros de 21 años o más, hijos casados menores de 21 años y hermanos. Para preferencia familiar se emite un número limitado de visas cada año, por los que el proceso puede tardar bastante. De acuerdo con la categoría preferencial a la que pertenezca el familiar, se determinará cuánto tendrá que esperar para recibir un número de visa de inmigrante.
Los LPR solo pueden solicitar a su cónyuge e hijos: para presentar la petición de padres y de hermanos es necesario ser ciudadano.
Las preferencias tienen a su vez un orden de prioridad: la primera es para hijos mayor de 21 años y soltero de un ciudadano estadounidense; la segunda se divide en 2A, cónyuge de un residente permanente e hijos solteros, menores de 21 años de un residente permanente, y 2B, hijo adulto y soltero de un residente permanente; la tercera es para hijos casados y de cualquier edad de un ciudadano estadounidense y la cuarta, para el hermano de un ciudadano estadounidense.
Para reclamar a un familiar, un residente permanente deberá presentar los siguientes documentos: Formulario I-130; comprobante del parentesco familiar (certificado de nacimiento, de matrimonio, de divorcio, etcétera); comprobante de cualquier cambio de nombre legal suyo o de su familiar (el beneficiario).
Los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar la green card para sus familiares directos y una visa de no inmigrantes para otros familiares. También tienen derecho a reclamar a un prometido o una prometida (fiancé-fiancée): para esos casos existe la visa de no inmigrante K-1, para personas admitidas en calidad de prometido o prometida, y la K-2, para personas admitidas en calidad de hijos de un prometido de un ciudadano estadounidense. Para obtener una visa K-1 de prometido, la pareja debe tener la intención de contraer matrimonio dentro de 90 días luego de que el prometido sea admitido en Estados Unidos.
Una vez contraído el matrimonio, el cónyuge puede solicitar la green card. Los hijos del prometido que fueron admitidos como no inmigrantes con una visa K-2, podrán solicitar la green card en conjunto o después; sin embargo, estos deben permanecer solteros para poder ser elegibles para la residencia permanente.
Debido a la complejidad de estos trámites, se recomienda acudir a un abogado especializado en inmigración.
Con información de USCIS. Este artículo no constituye ni reemplaza la asesoría legal.
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Un mes después de ser detenidos, Nicolás Maduro y Cilia Flores siguen encarcelados en Nueva York, aguardando una audiencia judicial programada para marzo.
Las autoridades estadounidenses mantienen en prisión al ex dictador venezolano y a su esposa, quienes se declararon inocentes de acusaciones de narcotráfico y corrupción mientras esperan la próxima audiencia
El ex dictador venezolano Nicolás Maduro y su esposa, Cilia Flores, cumplieron un mes detenidos en Nueva York, donde permanecen recluidos en una cárcel federal tras declararse inocentes de los delitos de narcotráfico y corrupción que les imputa la Justicia de Estados Unidos, mientras aguardan una nueva audiencia judicial prevista para marzo.
En ese contexto, la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York solicitó el lunes posponer la próxima audiencia del proceso penal. El órgano fiscal pidió al juez Alvin Hellerstein que la sesión, originalmente fijada para el 17 de marzo, se reprograme para el 26 del mismo mes, con el objetivo de resolver cuestiones logísticas y concluir el intercambio de pruebas con la defensa.
Maduro y Flores se encuentran presos desde el 3 de enero, cuando fueron capturados en Caracas durante una operación militar estadounidense y trasladados al Metropolitan Detention Center (MDC) de Brooklyn. Dos días después, el 5 de enero, salieron brevemente del penal para asistir a su primera audiencia de lectura de cargos ante un juez federal en un tribunal de Manhattan.
En esa comparecencia inicial, Maduro rechazó las acusaciones y sostuvo ante el juez que continúa siendo el presidente de Venezuela. “Soy un prisionero de guerra” y fui “secuestrado”, afirmó durante la audiencia, según consta en el registro judicial. Flores, por su parte, también se declaró no culpable de los cargos que enfrenta.
La Fiscalía estadounidense acusa a Maduro decuatro delitos federales. Tres de ellos corresponden a conspiración para cometer narcoterrorismo, conspiración para importar cocaína y conspiración para poseer ametralladoras y artefactos destructivos. El cuarto cargo es por posesión de esas armas. En el caso de Flores, la imputación incluye otros cuatro cargos: dos de conspiración para importar cocaína, uno de conspiración para poseer armas y otro de posesión de armas.
Las acusaciones forman parte de un amplio expediente presentado por la Justicia de Estados Unidos en 2020, que sostenía que altos funcionarios del régimen venezolano integraban el denominado Cártel de los Soles, organización designada terrorista por Washington y que atribuía su liderazgo a Maduro. Sin embargo, tras la captura del ex mandatario, la Fiscalía eliminó en la nueva imputación las referencias al cártel como una organización criminal estructurada y ya no presenta a Maduro como su jefe.
Encalló un buque de desembarco de la Armada de Venezuela durante ejercicios de defensa
El navío Capana (T-61) quedó varado cerca de la costa de Falcón, con el casco sumergido por debajo de su línea de flotación habitual, sin posibilidad de recuperar la flotabilidad ni zafarse por sus propios medios
El buque de desembarcoCapana (T-61) de la Armada Bolivariana de Venezuela quedó parcialmente sumergido durante un ejercicio militar en aguas del estado Falcón, al norte del país, según imágenes difundidas en redes sociales.
En las tomas, el casco del navío aparece hundido por debajo de su línea de flotación habitual, con el agua alcanzando el número identificatorio del buque. El hecho ocurre menos de dos años después de que la nave recibiera una modernización integral.
Según los videos y fotografías tomadas desde la costa, el buque se desplomó de proa luego de encallar y no pudo recuperar su capacidad de flotación ni liberarse por sus propios medios. La embarcación quedó varada cerca de la playa, con el agua cubriendo parte importante del casco.
Hasta el momento, ni el Ministerio de Defensani el Comando Estratégico Operacional de la FANB han emitido un comunicado sobre el episodio ni sobre la situación de la tripulación.
El Capana T-61 es uno de los cuatro buques de desembarco clase Capana-Alligator, encargados originalmente a astilleros de Corea del Sur en 1982 y en servicio desde 1984. Con un desplazamiento de 4.070 toneladas, 104,8 metros de eslora y una capacidad operativa para transportar hasta seis tanques o 18 vehículos blindados, estos buques están equipados para mover tropas y material en grandes volúmenes.
Su dotación regular es de 130 tripulantes, aunque en esta operación se estima que llevaba más de 300 personas entre militares y personal de apoyo, según reportes extraoficiales.
Entre 2020 y 2023, el ARV Capana fue sometido a una revisión de media vida en los astilleros nacionales DIANCA, culminando en abril de 2023. El proceso incluyó la modernización de sistemas de armamento, motores, compartimientos, comunicaciones, rampa de proa y cubierta de vuelo, entre otras áreas críticas.
“El barco fue actualizado y puesto nuevamente en servicio tras una amplia modernización que costó varios años”, informó un reporte oficial sobre las tareas de mantenimiento.